1. Inicio keyboard_arrow_right
  2. Blog de Sentencias Destacadas keyboard_arrow_right
  3. Responsabilidad del Estado y derecho administrativo sancionador

Responsabilidad del Estado y derecho administrativo sancionador


Durante los meses de junio y julio, la Corte Suprema ha dictado tres interesantes fallos. Dos de ellos precisan criterios para la procedencia de la responsabilidad del Estado, y un tercero aborda la naturaleza y finalidad del derecho administrativo sancionador.

En Construcciones Taito Limitada con Fisco de Chile y otros un proyecto de viviendas sociales se atrasó producto de haber sido autorizado erróneamente en un suelo rural. El caso es interesante pues confirma la mayor apertura que ha mostrado últimamente la Corte Suprema a acoger demandas de indemnización derivadas de la dictación de actos urbanísticos ilegales. Asimismo, el caso aborda el tema del cómputo del plazo de prescripción de la acción de responsabilidad y estima que este se cuenta desde que la víctima la tiene disponible y ha tenido una razonable oportunidad de noticia de los hechos en que se sustenta.

También en materia de responsabilidad del Estado, recogemos hoy el fallo Juan Alarcón con Fisco de Chile. En esta oportunidad, dejando sin efecto la sentencia de apelación, la Corte Suprema estimó que Carabineros de Chile incurrió en falta de servicio al no haber hecho un examen preventivo previo antes de destinar al demandante a una zona extrema y aislada. El funcionario fue dado de baja por complicaciones derivadas de esa destinación y de su condición médica, lo cual ocasionó un perjuicio indemnizable consistente en la frustración de su carrera profesional (daño moral) y la pérdida de remuneraciones (lucro cesante).

Por último, recogemos hoy el último fallo relacionado con el controvertido proyecto “Pascua Lama”. Existen muchos pronunciamientos y variantes de este caso, pero en esta oportunidad nos centramos en el análisis que hace la Corte Suprema sobre la naturaleza y fines del derecho administrativo sancionador. Uno de los terceros en el caso cuestionó la sanción de cierre y las multas impuestas al proyecto, pues consideró que debían ser de mayor entidad. Con ocasión de eso, para rechazar la alegación, la Corte Suprema asume una visión “responsiva” del derecho administrativo sancionador, es decir, entenderlo como una herramienta destinada a hacer efectivas políticas públicas y a conseguir la colaboración de los privados mediante medidas disuasivas.

Un resumen y acceso a los fallos a continuación.

Volver a Sentencias Destacadas

1. Construcciones Taito Ltda. con Fisco de Chile, SERVIU Región del Bio-bio y Municipalidad de Tucapel, Corte Suprema, Tercera Sala, 8 jun. 2022, Rol Nº 65.998-2021, casación en el fondo: rechazado. Voces: Falta de servicio. Actos urbanísticos. Prescripción. Legislación relevante: Ley General de Urbanismo y Construcciones, art. 55; CC., art. 2332.

keyboard_arrow_down

Hechos: la Municipalidad de Tucapel emitió certificados de informaciones previas, permisos de obra y permisos de loteo nueva bajo el supuesto de que un determinado proyecto se emplazaba en una zona urbana y no rural. Adicionalmente, se celebró un contrato con el SERVIU para la construcción de un proyecto de viviendas sociales. Sin embargo, en junio de 2012, el MINVU estableció que el proyecto, de acuerdo con el plano regulador vigente, se emplazaba fuera del radio urbano. De esta manera, el proyecto infringía el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Lo anterior generó un retraso en el inicio de ejecución de las obras de 18 meses. Derecho. Casación en el fondo: se rechaza el recurso. El plazo de prescripción desde computarse desde que existen copulativamente todos los elementos de la responsabilidad, es decir, la perpetración pero también el daño y la causalidad (c. 8º). Asimismo, la prescripción solo ha de computarse desde que la acción está disponible para que la víctima pueda ejercerla, por lo que también es necesaria la existencia de una razonable posibilidad de información (c. 9º). Los actos administrativos emitidos por el municipio están revestidos de una presunción de legalidad, de manera que el destinatario podía asumir que eran conforme a derecho, aunque el proyecto realmente se emplazaba en una zona rural y no urbana (c. 10º).
Sentencia de casación

2. Juan Alarcón con Fisco de Chile, Corte Suprema, Tercera Sala, 11 jun. 2022, Rol Nº 85.903-2021, casación en el fondo: acogido. Voces: Falta de servicio: omisión, cumplimiento de protocolos. Legislación relevante: LOC de Bases Generales de la Administración del Estado, arts. 4 y 42.

keyboard_arrow_down

Hechos: el demandante, funcionario de Carabineros de Chile, fue dado de baja luego de haber servido por largo tiempo en una zona fronteriza, aislada y en altura. Durante el tiempo de servicio sufrió varias crisis de trastornos derivados de la incapacidad para adaptarse a lugares extremos e inhóspitos. El actor alegó no haber sido examinado previamente, como lo exigía el protocolo, para poder ser destinado a dicho lugar. De esta manera, interpone demanda de indemnización de perjuicios por la frustración de su carrera profesional que significó la baja y por las remuneraciones que debiese haber percibido. Derecho. Casación en el fondo: la demandada incurrió en falta de servicio por no haber realizado al acto la evaluación previa que era requisito fundamental para poder ser destinado a una zona de carácter extremo (c. 12º). De haberse realizado dicha evaluación, se podría haber evitado el perjuicio (c. 13º), considerando que el actor, anteriormente, ya había tenido episodios que daban cuenta de su malestar (c. 14º).
Sentencia de casación.
Sentencia de reemplazo

3. Compañía Minera Nevada SpA con Superintendencia del Medioambiente, Tercera Sala, 12 de julio de 2022, Rol Nº 127.275-2020, casación en la forma y en el fondo: rechazadas. Voces: Derecho administrativo sancionador: procedimiento sancionador, discrecionalidad, proporcionalidad. Legislación relevante: Ley 20.417, arts. 17 y 20 y siguientes.

keyboard_arrow_down

Hechos: la Compañía Minera Nevada SpA (CMN) fue sancionada en reiteradas oportunidades por el proyecto denominado “Pascua Lama”. Uno de los expedientes sancionadores terminó por establecer la sanción de cierre del proyecto y se impuso a la empresa una elevada multa, además de la obligación de adoptar medidas urgentes y transitorias, las cuales fueron cumplidas. En contra de dicha decisión, entre otras impugnaciones, un tercero interpuso una reclamación judicial por considerar que la multa impuesta era insuficiente. Ante la decisión del Tribunal Ambiental, interpuso sendos recursos de casación ante la Corte Suprema. Derecho. Casación en el fondo: actualmente la doctrina se encuentra conteste en que el derecho administrativo sancionador es un medio legal que el legislador entrega a los organismos del Estado para proteger y hacer efectiva una determinada política pública destinada a satisfacer una necesidad pública concreta (c. 17º); de manera que la aplicación de la sanción va destinada a obtener una adecuación colaborativa del infractor al sistema jurídico (c. 19º). El recurrente desconoce que a la empresa se le impuso la sanción más grave, consistente en el cierre del proyecto, de manera que no es posible cuestionar que la potestad haya sido ejercida de manera correcta, oportuna y eficaz (20º).
Sentencia de casación


Comparte esta publicación

Twitter Facebook email